Reclama los intereses abusivos y usura: Recupera el dinero pagado más
Nuestros abogados ya han reclamado y recuperado numerosos casos de las llamadas «tarjetas revolving»
Nuestros abogados ya han reclamado y recuperado numerosos casos de las llamadas «tarjetas revolving»
Si has contratado una de estar tarjetas de crédito es muy probable que contengan intereses usurarios o abusivos y que, por tanto, puedas reclamar. Este tipo de tarjetas son denominadas “Revolving” y se caracterizan por tener ligado un prestamo, de forma que las compras se pagan a crédito y no al final de mes.
Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito en la que todas las compras o disposiciones de efectivo que se realizan con ella, quedan aplazadas automáticamente. De este modo, el usuario de la tarjeta puede realizar el pago de estas compras en cómodos plazos. Sin embargo, estas tarjetas ‘revolving’ suelen tener unos tipos de interés muy elevados, entorno al 20 al 30% TAE, y todavía pueden ser más altos si no paga a tiempo.
El Tribunal Supremo en su sentencia de 28 de octubre de 2015 en el Pleno de la Sala de lo Civil concluye en el caso juzgado que el interés era “notablemente superior al normal del dinero». A partir de entonces contamos con multitud de sentencias que declaran nulos contratos y/o cláusulas como el interés TAE de las tarjetas por usura, así como por su marcado carácter abusivo.
El Supremo considera que si se cumplen los requisitos para considerar que los intereses cobrados infringen la Ley de Represión de la Usura se deberán considerar abusivos y por tanto nulos.
Esta ley existe desde 1908 en España y anula cualquier “interés notablemente superior al normal del dinero y manifiestamente desproporcionado”.
Se puede comparar el coste anual de la tarjeta revolving con el interés medio de los préstamos al consumo para considerar si el interés contratado es «notablemente superior al normal del dinero» y en caso de ser abusivo reclamar.
Actualmente, tribunales de todo el país están condenando a las entidades financieras que aplican intereses muy elevados, especialmente en préstamos al consumo y tarjetas revolving.
Normalmente podemos hablar de un interés excesivo en una tarjeta de crédito si éste está alrededor del 20%. Es lo que se denomina como interés usurario.
Si tienes alguna de estas tarjetas revolving o similares, donde los intereses aplicados son claramente usurarios porque están muy por encima de lo habitual, no dudes en contactar con nosotros y estudiaremos tu caso de manera gratuita.
Son 3 los beneficios que podemos obtener de este tipo de reclamaciones, ya que el cliente sólo tendrá que abonar a la entidad financiera la cantidad prestada, además de tener el derecho a percibir las cantidades que superen el capital prestado:
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Los jueces de primera instancia y las Audiencias Provinciales consideran irresponsable la concesión de créditos al consumo con intereses usurarios (muy por encima de los habituales).
Desde Noviembre de 2015, el Tribunal Supremo ha creado jurisprudencia: condenó a una entidad por haber aplicado un interés del 24,6% TAE (tasa anual equivalente) a un préstamo al consumo.
¡A día de hoy son ya cientos los casos dictados con resoluciones a favor de los consumidores!
Con la jurisprudencia existente, los afectados por las tarjetas revolving con intereses abusivos, siguiendo lo establecido por el Tribunal Supremo, tendrán derecho a reclamar las cantidades abonadas de más hasta la fecha.
Para ello habrá que recopilar toda la documentación que sirva como prueba, presentar una reclamación. Si el banco no responde o la contestación es negativa o insatisfactoria el consumidor puede iniciar la vía judicial.
En Considerans Abogados contamos con abogados especialistas en derecho bancario que le asesoraran en todo momento, y siempre velarán por sus intereses ante las prácticas abusivas y de usura de ciertas entidades bancarias.
Cuando un crédito es considerado abusivo, como es el caso de los créditos y tarjetas revolving, el contrato de crédito pierde su validez. Por lo tanto, ningún interés será legal con lo cual sólo tendrás que devolver el principal. Como seguramente, ya lo hayas devuelto al pagar las cuotas, en realidad, será la entidad la que te deberá a ti todo lo cobrado de más
Durante los últimos años han proliferado las empresas que ofrecen tarjetas y créditos revolving, ya que los altísimos intereses cobrados por estas compañías les han traído rentabilidades altísimas. Estas son las principales empresas:
Depende fuertemente de los plazos que nos den los juzgados. En los casos más cortos no pasa de 3 meses aunque hemos tenido casos de más de un año.